viernes, 25 de septiembre de 2009

Vidas perpendiculares: Cobos y John Adams.

"I am Vice President. In this I am nothing, but I may be everything"
John Adams.

Al establecer la carta magna argentina los constituyentes de 1853/1860 tuvieron, entre otras fuentes, muy en cuenta la constitución de los Estados Unidos de (Norte) América, tanto que se puede afirmar que -mutatis mutandis- adoptaron el modelo norteamericano. La Corte Suprema argentina ha interpretado la Constitución en muchísimos casos a la luz de la jurisprudencia creada por la Corte Suprema de los Estados Unidos y los precedentes sentados en ese país por los políticos de carne y hueso. La Vice Presidencia de la Nación en U.S.A. constituye una autoridad políticamente relevante pues utiliza su posición en el Senado para favorecer las políticas en las que está empeñado el Poder Ejecutivo.

Toda atribución otorgada al Vice Presidente de la Nación, no es un atributo de la banca –que no la tiene- sino un atributo representación; lo que significa que al momento de ejercer sus atribuciones, debe hacerlo en nombre del Poder Ejecutivo y nunca en su contra.
El Senado se compone de tres senadores por cada provincia y tres por la ciudad de Buenos Aires. Así el vicepresidente no representa absolutamente a ninguna de ellas. Su legitimación democrática radica en los votos que obtiene, en nuestro caso, la fórmula presidencial, que institucionalmente se ubica en espacio correspondiente al Poder Ejecutivo Nacional. Toda la legitimación constitucional de la figura del vicepresidente de la Nación, se encuentra entre los artículo 87-98 de la CN. Esto es Poder Ejecutivo Nacional.
Respecto a la posibilidad de desempatar una votación en el senado, llegado el caso, el vicepresidente representa decidida e indudablemente al poder ejecutivo.
El Vice tiene libre albedrío pero de ninguna manera puede trabar o cambiar el rumbo impreso por quien tiene el timón de la administración (el/la Presidente/a). Los funcionarios suelen tener atributos y una ciudadanía recortada, a un juez, por ejemplo, se le prohíbe el ejercicio activo de la política, tiene que ver con la naturaleza de las instituciones, en algunos casos está escrito y en otros no.
El caso de John Adams es paradigmático y sentó doctrina, fue el primer vice constitucional de los Estados Unidos y el primero de los vice en el mundo entero que tuvo que ejercer el voto de desempate unas veintinueve veces.
Adams pensó siempre que no el cuerpo estaba hecho para una sola cabeza y que no hay barco con dos timoneles. Solía decir:
"The worst evil that can happen in any government is a divided executive; and, as a plural executive must, from the nature of men, be forever divided, this is a demonstration that a plural executive is a great evil, and incompatible with liberty"
Los redactores de la Constitución norteamericana crearon la Vice Presidencia tardíamente. En realidad fue un efecto colateral de la creación de la Presidencia. Al crear el colegio electoral provenientes de los estados que fundaron la Unión y les impusieron que voten por dos candidatos y uno al menos que ”no deberá ser habitante del mismo estado que ellos”. Corría el riesgo de que los electores se vieran tentados a votar comprovincianos y eso generara un bloqueo paralizante al haber una multiplicidad de candidatos con muy pocos votos cada uno. De esta manera empezaron a buscar personalidades de proyección nacional. El sistema era simple el que tenía mayor cantidad de votos era electo Presidente y el que salía segundo (no importaba la facción que representaba) era el sustituto con cargo de Vicepresidente.
En 1787 no existía el cargo de Vice, pero si se registraban antecedentes. Antes de la Revolución los tenientes gobernadores “lieutenant governors” presidieron los consejos de las gobernaciones de las colonias reales (inglesas) con función legislativa, funcionaban como cámaras altas (senados).
John Adams estaba familiarizado con este instituto ya que el había presidido este “senado” en su natal Massachusetts. Cuando los estados declararon su independencia, adoptaron nuevas constituciones, pero continuaron la tradición de muchas de las instituciones coloniales adaptándolas al nuevo régimen.
Dice Alexander Hamilton (El Federalista, Nº 68) que la Constitución del Estado de Nueva York de 1777 ya preveia un vice gobernador que preside el senado estatal y que es el sustituto constitucional del Gobernador ("a Lieutenant Governor chosen by the people at large, who presides in the senate, and is the constitutional substitute for the Governor in casualties similar to those, which would authorise the vice president to exercise the authorities and discharge the duties of the president.") figura que podía aplicarse para la acefalía presidencial.
Los redactores de la constitución no precisaron demasiado los alcances de los deberes y atribuciones del Vice Pte, tal vez teniendo en cuenta que se trata solo de un potencial sustituto, disponiendo que fungirá como “Presidente del Senado , pero no tendrá voto, a menos que este se divida en partes iguales” (Art. I, sección 3).
El rol dentro del poder legislativo de un funcionario del departamento ejecutivo provocó que no fueron pocos los que alzaron su voz por lo que entendieron que es una clara violación al republicano principio de división de poderes, Elbridge Gerry entre ellos. Lo cierto es que sin el vicepresidente, al menos un estado –de ordinario- se vería privado del voto de uno de sus senadores, con lo que se resentiría su representación en la cámara.
En el primero de los dos mandatos como Vicepresidente de George Washington (su rival en el colegio electoral) Adams tuvo un papel destacado en el senado apoyando abiertamente las políticas del Presidente (aún las que el se oponía) y rompiendo el empate volcando la votación de forma de asegurar la provisión de herramientas legislativas que la Administración requería. Lo que generaba polémicas y ataques al Vice que Adams asumía como inherentes a la función.
Si algo no se discutía en U.S.A. de entonces y no se discute en el mundo es la lealtad al Presidente por lo que ella representa a las instituciones. Todo el mundo sabía que a partir de Adams el Vice votaría a favor del Presidente en caso de ser un tema crucial para decidir la marcha de la administración.
El Vice suele ser considerado una prolongación de la administración de un Presidente y solo en situaciones extraordinarias (el empate senatorial es una de ellas) hace notar esa característica propia del cargo.
El autor de estas lineas es peronista, de nada se escandaliza y entiende que las conspiraciones o te matan o te fortalecen, el arte está en aprovechar la fuerza de los felones utilizándola para fortalecerse uno mismo. El vice presidente es el primer conspirador de la república, esto ha sido siempre así en cualquier tiempo y lugar, pero como en el chiste cordobés, a pesar de la prohibición no son pocos los que hacen pis en la pileta, lo que si: a ninguno se le ocurre hacerlo desde el trampolín.

El que quiera consultar antecedentes sobre como vota el VicepPresidente en U.S.A. puede cliquear aqui, y si encuentran un émulo de Cobos me lo hacen saber.
Para los que solo dominan el comechingón como segunda lengua cliquear aquí.

Como aparece el instituto "VicePresidente" en la Constitución norteamericana ver aqui
En traducción automática de google aquí

PD: La idea de este post no es original como todo lo mio, la tomé prestada sin autorización de aquí.

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